Plata o Plomo
Felipe Victoria Zepeda
selvicz@hotmail.com
Qué tiempos aquellos en que el 7 de junio se acostumbraba festejar a los periodistas en todo el país, so pretexto de la llamada Libertad de Expresión, que es diferente a la Libertad de Prensa, cuyo día mundial se celebra por acuerdo de la ONU y la Unesco los días 3 de mayo.
Coinciden los analistas y opinólogos en que El derecho a la libre expresión es uno de los más fundamentales, ya que es esencial a la lucha para el respeto y promoción de todos los derechos humanos.
Sin la habilidad de opinar libremente, de denunciar injusticias y clamar cambios el hombre está condenado a la opresión.
La lucha por la libertad de expresión nos corresponde a todos, ya que es la lucha por la libertad de expresar nuestro propio individualismo. Respetar la libertad de los demás a decir cualquier cosa, por más ofensiva que la consideremos, es respetar nuestra propia libertad de palabra, como asevera Don Juan Ricardo Barahona.
En México el Día de la Libertad de Expresión lo estableció el gobierno del Presidente Miguel Alemán Valdés el 7 de junio de 1951.
En 1976, el presidente Luis Echeverría Alvarez añade a esta celebración, la entrega en este día, del Premio Nacional de Periodismo a los más destacados miembros de la prensa escrita y electrónica por sus trabajos desarrollados durante el año anterior en los diversos géneros periodísticos y en los estados de la federación los mandatarios hicieron lo propio
A lo largo de la historia de México, las relaciones entre la prensa y los gobiernos han sido muy complejas, contradictorias y costosas, pero a pesar de nubarrones o tormentas, sobrevive la buena voluntad bilateral de llevar la fiesta en paz, aunque sea de dientes para afuera, pues es norma universal que quien paga manda y nadie paga para que le peguen, como decía José López Portillo y Pacheco.
El gremio en Guerrero recuerda aún los festejos organizados por los Gobernadores Angel Aguirre Rivero y René Juárez Cisneros, pero a partir del 2005 se acabó toda clase de festejos a la Libertad de Expresión y los comunicadores; a su majestad Carlos Zeferino Torreblanca Galindo le caían en la puntita del hígado los del gremio porque según él, “Manuel Añorve” les pagaba millonadas para atacarlo en su campaña, entonces cuando llegó a ser Alcalde en 1999 y después convertido en Gobernador, se ensañó en matarlos aunque fuera de hambre, humillados con su desprecio institucional salvo pocas excepciones, pues bien dicen que no hay borracho que coma lumbre y en México las moscas y los políticos se siguen exterminando a periodicazos.
-¡Tilín,tilín!-Suena la campana de la escuelita.
-Maestra Pizarrina, sáquenos de apuros con la tarea difícil que nos puso.
-Ya les he dicho que mejor vayan a la biblioteca a cultivar la neurona en vez de a la discoteca a alborotar la hormona, chamacos. Ahora ya hasta tenemos algunas digitales que regaló Carlos Slim. ¿Cuál es su problema?
-Distinguir entre Libertad de Imprenta y Liberad de expresión y en qué se basan las dos.
-Miren chamaquitos, en tiempos de la dictadura porfirista, por ejemplo los gobiernos hasta mandaban secuestrar o romper destruyendo las imprentas cuando ahí maquilaban imprimiendo algo que les disgustara, sin importar que el texto fuera creado por otra persona o periodista. En la Constitución de 1917 ya se prohibió romper e incautar las imprentas y aplicar la censura.
-No tenemos una Constitución en casa teacher, a veces regalan Biblias pero no la Carta Magna. Díganos los artículos pues.
-Apúntenlele… en el artículo 6º dice que: La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el Estado.
-¿Y existen deveras los mecanismos para eso teacher maestra?
-¡Shhh…cábrense cayones!. Déjeme terminar.
-¿Cuál artículo sigue profesora?
-El 7º, donde se consagra que: Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública. En ningún caso podrá secuestrase la imprenta como instrumento del delito. Las leyes orgánicas dictarán cuantas disposiciones sean necesarias para evitar que so pretexto de las denuncias por delitos de prensa, sean encarcelados los expendedores, “papeleros”, operarios y demás empleados del establecimiento de donde haya salido el escrito denunciado, a menos que se demuestre previamente la responsabilidad de aquellos.
-Oiga Maestra Pizarrina, ¿pero no hay algún artículo especial donde prohíba que anden madreando periodistas o los amenacen y a veces hasta los maten?
- Ningún gobierno del mundo puede convertirse en pilmama de quienes les gusta ejercer su libertad de expresión y los periodistas mismos deben medirle muy bien el agua a los camotes; ya son mayores de edad y bien saben lo que resulta peligroso. Lo ideal sería no confundir libertad con libertinaje ni pasarse de listos.





